Manuel Vázquez Villodres, nacido en Málaga el 13 de junio de 1895, era vecino de Algeciras y padre de seis hijos con edades comprendidas entre los 2 y los 15 años. Casado con Francisca Medina, vivían en el garaje del Hotel Reina Cristina, uno de los establecimientos de lujo más antiguos de Andalucía y en los que se alojarían los servicios secretos alemanes e italianos cuando Gibraltar pasó a ser pieza clave en la geopolítica europea. Además de ser chófer del opulento hotel, Manuel ejercía de taxista, con la matrícula CA-4285, en la parada del puerto. Como se verá a continuación, y aunque resulte disparatado, su oficio y tal vez su peculiar domicilio serían factores determinantes para que la “justicia” franquista interpusiera en su camino todos los baches posibles de la impunidad y la arbitrariedad.

Manuel fue detenido por la Guardia Civil de Algeciras el 7 de febrero de 1938 por orden del Delegado de Seguridad Interior y Orden Público de Sevilla, y conducido al día siguiente en calidad de preso preventivo a la Prisión Provincial de la capital sevillana. Las diligencias previas de su procesamiento, que no se elevarían a causa sumarísima hasta ¡diciembre de 1940! las inició un juzgado con un nombre a la par maquiavélico y descriptivo: el Juzgado para la revisión de situación de detenidos no procesados ni condenados. El limbo “jurídico” en el que se vio inmerso Manuel Vázquez Villodres, y el de tantos otros miles como él, debería ser de reflexión diaria para aquellos que desde sus poltronas parlamentarias proclaman que el franquismo fue “una etapa de reconstrucción, de progreso y de reconciliación para lograr la unidad nacional”.

Oficio de la Delegación de Seguridad Interior y Oreden Público de Sevilla comunicando el ingreso en prisión de Manuel Vázquez Villodres.

Pero ¿de qué se le acusó a Manuel Vázquez Villodres al ser detenido? Según la Jefatura Superior de Policía de Sevilla, de supuesto delito de espionaje y de ser de ideas extremistas, de hacer “viajes a Sevilla, Málaga y Algeciras sirviendo de enlace entre los elementos rojos huidos a los que les suministraba los datos que adquiría”. ¿Qué datos eran esos? ¿Qué pruebas se aportaron? Pueden revisar su causa, la 594/1940, y comprobarán que no se aportó ninguna prueba.

Manuel, por supuesto, negó toda participación en labores de espionaje para la República cuando se le tomó declaración por primera vez en octubre de 1938, cuando ya llevaba ocho meses entre rejas. Sólo manifestó que pertenecía a la CNT por motivos laborales y que nunca antes había estado en prisión. Tampoco pudieron ser más esclarecedores los pertinentes informes que como en toda causa sumarísima se solicitaban a los poderes locales. La alcaldía añadió que Manuel pertenecía a la CNT desde 1931. La Delegación de Orden Público de Algeciras, que carecía de antecedentes político-sociales. Y la Falange, tras aportar el dato de que Algeciras “no ha estado bajo dominio rojo”, que desconocían las causas de la detención. Por último, cuando fueron llamados a declarar como testigos los industriales Eloy Vázquez Rosas y Antonio Pérez Arriete, dueños respectivos de los garajes Encarnación e Hispano, y el agente comercial Emilio Morilla Salinas, los tres coincidieron en declarar que únicamente tuvieron trato laboral con Manuel. Este último declarante, Emilio Morilla Salinas, quien fuera alcalde de Algeciras en 1914 y 1917 por el Partido Monárquico, y en 1930 bajo la dictadura de Miguel Primo de Rivera; y por tanto una persona no susceptible de ser simpatizante de las izquierdas, apuntó que le merecía buen concepto. Todo indica pues que Manuel no era un “elemento peligroso” para las fuerzas reaccionarias y golpistas.

Informe de la Falange de Algeciras.

Por la fecha en la que fue detenido, somos de la tesis de que Manuel fue víctima colateral de la desarticulación, esta vez sí, de una verdadera red de espionaje republicana que tuvo su epicentro en el Campo de Gibraltar pero que se irradió por otras provincias andaluzas. Cuando por aquellos días, por ejemplo, la aviación legionaria italiana bombardeaba Barcelona causando entre 800 y 1300 víctimas mortales de civiles, o se iniciaba la ofensiva de los sublevados al sur del Ebro para alcanzar el Mediterráneo, aquí en la comarca un buen número de resistentes se jugaron la vida en la retaguardia. Y tanto que se la jugaron. La causa sumarísima 444/1938 que procesó a 21 supuestos implicados (19 hombres y 2 mujeres) finalizó con el fusilamiento de diez de ellos el 28 de marzo de 1939 en el Penal de El Puerto de Santa María, y con la condena a reclusión perpetua de siete, de los que dos fallecerían en prisión.

Continuando con la cronología del periplo carcelario de Manuel, en diciembre de 1938 se acordó su ingreso en el campo de concentración de Rota, pero a principios de febrero del año siguiente la oficina del Gobernador Civil de Sevilla contestó que no se pudo realizar el traslado, sin dar explicación de los motivos. Transcurrieron nada más y nada menos que 2 años y cuatro meses, en los que la causa del no procesado Manuel pasó por las manos de cinco jueces instructores diferentes, hasta llegar a una fecha clave: el 3 de abril de 1941. Ese día, el juez de instrucción y capitán de artillería Manuel Morales Sáenz envío una providencia al director de la Prisión Provincial de Sevilla para que comunicara el paradero de Vázquez Villodres. Tres días después este le contestó “que en esta Prisión existió un individuo llamado MANUEL VÁZQUEZ VILLODRES, el cual, en 21 de mayo de 1939 fue trasladado al campo de Gambogaz de esta provincia sin que desde entonces haya reingresado”.

El director de la prisión provincial de Sevilla informa al juez instructor de que Manuel Vázquez Villodres fue trasladado al campo de Gambogaz el 21 de mayo de 1939.

Recapitulemos. Vázquez Villodres ingresó el 8 de marzo de 1938 en la Prisión Provincial de Sevilla, y a los 13 meses fue derivado al campo de Gambogaz, del que no había vuelto a fecha del 7 de abril de 1941. Es decir, sin que hubiera sido procesado ni se dictara sentencia alguna, Manuel permaneció en dicho campo al menos casi dos años.

Si realizan una búsqueda en internet por “Campo de Gambogaz”, la mayoría de las noticias o referencias filtradas harán alusión sin embargo a un cortijo, al cortijo de Gambogaz en el término municipal de Camas (Sevilla). Este cortijo, con más de 500 hectáreas, ejemplo al parecer de la modernización en las labores agrarias y ganaderas, fue usurpado en 1937 a la familia propietaria por un entramado financiero oscuro y coercitivo en el que participó desde la alcaldía sevillana, el estamento militar, hasta el Banco de España. El beneficiario e impulsor de este expolio fue el genocida Gonzalo Queipo de Llano, artífice y responsable de las decenas de miles de asesinatos que se cometieron en Andalucía. Su familia, casi nueve décadas después, sigue beneficiándose de la rapiña. Pero tienen enfrente a la plataforma memorialista Gambogaz, que desde hace años denuncia este robo y reivindica que se recupere como espacio público para la creación de un centro de memoria histórica.

Ubicación del cortijo de Gambogaz.
Cortijo de Gambogaz. Fuente: IAPH.

De varias formas aparece reseñado en el sumario de Manuel el cortijo de Gambogaz: como “campo”, como “campo de concentración” y como “campo del cortijo de Gambogaz”. Esta mención tan explícita al sistema concentracionario franquista no deja lugar a dudas de los métodos de explotación que el criminal de guerra y su camarilla emplearon en la finca: el trabajo esclavo de los presos.

El periodista Juanmi Baquero publicó en 2018 para El Diario un artículo1 en el que se hizo eco de una investigación llevada a cabo por el historiador José María García Márquez, mediante la que quedaba probado, con documentación histórica, que en el cortijo sevillano de Queipo trabajaron esclavos del franquismo. El documento en cuestión es un escrito de la secretaría general del Gobierno Civil de la Provincia de Sevilla dirigido al director de la Prisión Provincial. Lo transcribimos a continuación para que quede constancia también aquí de los procedimientos cortijeros y feudales llevados a la práctica:

“Siendo necesarios en la ‘Fundación Queipo de Llano’ del Cortijo de Gambogaz brazos para las faenas de la recolección de la expresada finca y teniendo en cuenta que ya en otras ocasiones se han utilizado detenidos gubernativos para estos menesteres en el Cortijo citado, se servirá V. designar entre los referidos detenidos en esa Prisión a la disposición de mi autoridad, treinta de ellos, de los de mejor conducta y comportamiento y que sepan el oficio que van a desempeñar, de los cuales se hará cargo el encargado del Cortijo Emilio Elena Landa, debiendo quedar en la Fundación como tales detenidos a mi disposición. Dios guarde a V. muchos años. Sevilla 17 de mayo de 1939. Año de la Victoria. El Gobernador Civil”.

Escrito del Gobierno Civil de la provincia de Sevilla al director de la Prisión Provincial. Documento cedido por José María García Márquez.

Muy posiblemente, Vázquez Villodres, trasladado al cortijo el 21 de mayo, cuatro días después de la fecha del escrito, fue uno de los 30 presos gubernativos de esa “remesa” de trabajadores forzados. No obstante, y como se ha mencionado más arriba, no sabemos nada más de su paradero después del 7 de abril de 1941, fecha en la que el director de la Prisión Provincial informó de que no había reingresado a la cárcel. Es más, sorprendentemente, o no tanto, cuatro meses después un nuevo juez instructor vuelve a enviar las mismas providencias con las mismas preguntas. ¿Dónde se encontraba Manuel Vázquez Villodres? Incluso se llegó a preguntar si estaba en la Prisión Provincial de Pamplona.

Finalmente, y tratando de seguir la caótica secuencia documental y cronológica del expediente, llegamos al 27 de enero de 1943. Ese día, el mismo Gobernador Civil que intermediaba por Queipo de Llano dirigiendo como marionetas los destinos de los presos, comunicó al instructor de la causa en relación a Manuel que “no hay constancia de haber sido puesto a disposición de la autoridad militar, ni tampoco resolución que recayese sobre el citado individuo”. El 22 de febrero, el auditor de la 2ª Región Militar dio carpetazo al procedimiento sentenciando que aunque fue acusado de espionaje, no quedó probado el delito, y por tanto decretó sobreseimiento provisional.

¿Cuándo terminó el cautiverio de Manuel Vázquez Villodres? ¿Cuándo pudo reunirse con su familia en Algeciras? Ningún documento de la causa deja en claro cuándo fue excarcelado y puesto en libertad condicional. Únicamente consta una notificación del 12 de marzo de 1943 por la que se le comunicó dicha resolución cinco años después de ser detenido por un “delito” que no cometió.
Sirva este artículo como humilde contribución para corroborar que el cortijo de Gambogaz fue un campo de concentración donde penaron presos esclavos. Y sirva, sobre todo, para dignificar la memoria de Manuel.

  1. Baquero, Juanmi. Investigaciones históricas demuestran que la finca sevillana de Queipo de Llano usó esclavos del franquismo. El Diario/Andalucía. 1 de noviembre de 2018.
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