En una entrevista1 que le hicieron en 2016 al historiador cordobés Francisco Moreno Gómez, a la pregunta de ¿cómo recoge y demuestra el genocidio en su libro (Los desaparecidos de Franco)? contestó, entre otros razonamientos, que “El genocidio no es solo matar; señala Lenkim que también es a través del hambre, cosa que hizo Franco masivamente en las cárceles, donde murieron de hambre por millares: en Córdoba, en el año 1941, 756 personas; en Sevilla, más de 800. Esto supone porcentajes del 20% de la población penal, lo cual es genocidio brutal. En la prisión de San Simón, en Pontevedra, que es una isla a la que Franco destinó a los presos sexagenarios, murieron el 30,6% de ellos. Cayeron a montones en Santoña, cayeron a montones -a un centenar de presos al mes- en el Puerto de Santamaría. Calculo que más de 16.000 personas murieron de hambre en las cárceles de Franco”.

En otras ocasiones ha lamentado también que sepamos tan poco sobre esta faceta represiva del franquismo, y señalado como principal culpable de esta desmemoria a las políticas amnésicas perpetradas durante la mitificada transición. Fueron en los primeros años de esta etapa, de 1977 a 1981, como apunta otro reputado historiador, Francisco Espinosa Maestre, cuando se hicieron desaparecer miles de documentos probatorios; entre ellos los de los archivos de Falange, de la Guardia Civil y de las prisiones provinciales2. De estos lodos brotó una democracia que celebraba y prometía la reconciliación: borrando de la historia -al menos de la documental- todo aquello que acreditaba quiénes fueron los carceleros, cómo se procedió y dónde se confinaron a miles de españoles y españolas.

De los 64 mil presos que había en septiembre de 1937, la población penitenciaria alcanzó los 270 mil a comienzos de 19403, distribuida en alrededor de 500 prisiones, buena parte de ellas habilitadas en lugares improvisados e infames. Si a esta cifra de 270 mil presos y presas en todo el Estado le aplicamos el 20% que estima Francisco Moreno tenemos como resultado un número horripilante de decenas de miles de hombres y mujeres fallecidos por hambre y enfermedad, sin olvidarnos de los niños y niñas de muy corta edad que penaron con sus madres en las cárceles específicas para mujeres. Fueran los que fueran, estamos ante una cifra insoportable que nunca llegaremos a conocer con exactitud gracias a esas orejeras que se le impuso a la sociedad española para que no se le ocurriera mirar hacia atrás o hacia los lados.

Con ocasión del proyecto Investigación sobre la represión franquista a la población campogibraltareña en el marco de Andalucía (1936-1955), emprendido este año por el Foro por la Memoria del Campo de Gibraltar, hemos podido recopilar y documentar 23 fallecimientos de campogibraltareños (22 hombres y 1 mujer) solo en prisiones andaluzas. Que fueran muchos más es innegable si tenemos en cuenta todo lo expuesto hasta ahora. El hambre, los malos tratos, la masificación y la falta total de higiene provocaron que estas 23 personas enfermaran y fallecieran a causa de afecciones como la atrofia hepática, bronquitis crónica, nefritis aguda, tuberculosis o por síndrome carencial, macabro eufemismo con el que las autoridades penitenciarias disfrazaron las muertes producidas directamente por el hambre. En la siguiente tabla podemos observar que casi la mitad de los fallecimientos tuvieron lugar en la cárcel de Málaga:

Prisión Provincial de Málaga 11
Prisión Provincial de Cádiz 5
Penal de El Puerto de Santa María 3
Prisión Provincial de Sevilla 2
Cárcel Real de Cádiz 1
Campo de concentración de Las Arenas (La Algaba, Sevilla) 1
TOTAL 23

Si estos fallecimientos de vecinos de la comarca en prisiones cabeceras de la red penitenciaria andaluza se han podido probar gracias a la impagable labor investigadora ¿qué no ocurriría en las prisiones y depósitos municipales de presos de nuestro entorno, donde carecemos de la suficiente documentación que nos permita un estudio más o menos razonable? Una pincelada del horror que se vivió en las cárceles campogibraltareñas lo tenemos en la novela Campo de Gibraltar (Anthropos, 1992) del escritor madrileño Gregorio Gallego. Con un estilo crudo y directo, como de si un aguafuerte se tratara, nos describe la realidad de un grupo de trabajadores forzados en los batallones disciplinarios a los que se les acusa de alta traición y son encarcelados en la prisión del cuartel de Escopeteros de Algeciras. Esta cárcel, ya desaparecida, se encontraba frente al ayuntamiento, en la calle de la Munición, hoy día Comandante Gómez Ortega. Relata Gregorio Gallego cómo en este horrible lugar se desató una epidemia de virus exantemático que acabó con la mitad de los reclusos. Sirva como ejemplo el siguiente párrafo:

“La muerte dejó de ser una sorpresa. Raro era el día que no aparecían dos o tres cadáveres apilados en el rincón de la basura, llevados allí por los enfermos del lazareto instalado en la Segunda Brigada, o por los primeros que se daban cuenta en los demás departamentos, pues la peste se había generalizado a toda la prisión. El óbito se producía generalmente de madrugada y se anunciaba por la huida de los piojos del cadáver. Qué riqueza de parásitos. Piojos rojos, piojos verdes, piojos negros o pardos… Un arco iris de miseria bullente en busca de nuevos pastos para su insaciable voracidad”.

Fotografía aérea de 1955. Ubicación de la cárcel del cuartel de Escopeteros. Fuente: Europasur, 09/11/2019.

Hasta ahora hemos abordado el presunto número de fallecimientos que se produjeron en el interior de las prisiones, pero de nuevo se impone otra pregunta: ¿cuántos presos y presas murieron tras ser puestos en “libertad” como consecuencia del hambre padecida y de las enfermedades que contrajeron en esas factorías de muerte? Por supuesto tampoco hay estadísticas o estudios globales, pero cualquier aproximación que se haga sólo nos puede conducir a la certificación de que hubo un plan genocida calculado y coordinado para acabar con un sector de la sociedad española. Un holocausto penitenciario, como recalca Francisco Moreno Gómez. El caso de Antonio Lozano Ríos4, natural de Tarifa, vecino de Los Barrios, de 33 años de edad, soltero y campesino, nos sirve para evidenciarlo.

Portada del expediente de la causa 1.037/1940 contra Antonio Lozano Ríos.

En una declaración que le toman en Los Barrios el 13 de agosto de 1940, Antonio relata su periplo tras el golpe de Estado. Cuando la localidad fue ocupada el 23 de julio de 1936 huyó al campo y durante un mes fue auxiliado por sus padres. Pasó luego como refugiado a Estepona, donde permaneció otro mes, el de septiembre. Ante el avance de las fuerzas sublevadas recaló en Málaga como la inmensa mayoría de la población campogibraltareña. Cuando esta cae el 8 de febrero de 1937 y se produce el crimen de guerra de la “desbandá” marchó a Almería, en la que solo estuvo 10 días. Finalmente acabó en Valencia, donde sirvió como soldado panadero en el servicio de intendencia hasta el fin de la guerra.

Suponemos que tras una primera clasificación como prisionero o presentado fue pasaportado a la cárcel de Los Barrios, de la que salió a los 5 días para ingresar en el campo de concentración de Málaga. Es en este momento y en este lugar cuando se inicia el calvario de enfermedades por las que pasa Antonio, pero en ninguno de los documentos que forman el expediente de su causa se concreta cuáles fueron. A los dos meses del internamiento tuvo que ser hospitalizado y cuando aparentemente se recuperó lo destinaron al campo de concentración de Lerma (Burgos). Este campo, ubicado en el interior del palacio del duque de Lerma, que es en la actualidad un parador de turismo, operó entre julio de 1937 y noviembre de 1939 encerrando entre sus paredes a aquellos prisioneros considerados no aptos para el trabajo (“inútiles” en la jerga franquista). Tras más de un año de cautiverio en condiciones infrahumanas, Antonio volvió a recaer apenas pasadas tres semanas, y continuando con un periplo que cada vez lo alejaba más de su tierra, fue internado en el Hospital Militar de Deusto (Bilbao), dependiente del campo de concentración emplazado en la misma universidad del distrito bilbaíno.

Prisioneros del campo de concentración de Lerma. Fuente: web los campos de concentración de Franco.

No será hasta julio de 1940 cuando la Comandancia Militar de Vizcaya, después de pasar una temporada en la Prisión de Bilbao (Tabacalera), decide enviar a Antonio a Los Barrios para que el juzgado militar permanente n.º 22 diera inicio a las actuaciones de su procesamiento. Estas actuaciones se prolongarán nada más y nada menos que hasta el 30 de mayo de 1942, fecha en la que se celebra el consejo de guerra. El “juicio” no se celebró antes, además de por la congestión burocrática que atravesaba la maquinaria represora del régimen, por las continuas recaídas de Antonio, que durante este intervalo de tiempo fue recluido en la cárcel de Jerez de la Frontera, y por último, en la Prisión Provincial de Cádiz.

Recapitulando, Antonio Lozano Ríos, antes de sentarse en el banquillo, había sido encerrado, humillado y maltratado en dos campos de concentración, cuatro prisiones y quién sabe cuántas enfermerías y hospitales. Desde que fue capturado en Valencia al término de la guerra hasta que se dictó sentencia, pasó ¡tres años y un mes! en calidad de preso preventivo. Esa fue la “justicia” de los que vinieron a salvar a España.

Pero ¿de qué se le acusaba a Antonio? ¿Qué supuesto delito había cometido? En los informes solicitados por el juez instructor de la causa a la Falange local de los Barrios y a la Guardia Civil estos coincidieron como un calco en atribuirle militancia en la CNT, en hacerle partícipe de la destrucción de imágenes de la iglesia en 1931, en participar en desmanes durante la época del Frente Popular, y formar parte de los grupos armados que trataron de impedir la entrada de las “fuerzas nacionales” en el pueblo. Respecto a la inculpación de haber participado en los disturbios anticlericales -sin aportar ninguna prueba-, raro es el sumario a vecinos de Los Barrios que no contenga esa denuncia. Antonio alegó que cuando sucedieron tales hechos se encontraba trabajando en la huerta de un tal Diego Moya. Del mismo modo negó que participara en “desmanes”; es más, cuando llamaron a declarar como testigo al labrador y propietario Francisco Álvarez Clavijo, este redundó en los presuntos ideales extremistas y malos antecedentes de Antonio, pero señaló que “… pues aunque no pudo comprobarse se le achacaban algunos hechos delictivos ocurridos en esta localidad durante el Frente Popular…”. Sobra decir que estas denuncias sin fundamento ni peso, estos “no pudo comprobarse”, se tomaban muy en cuenta a la hora de dictar sentencia. Por último, respecto a la acusación de formar parte de los grupos armados que en Los Barrios se opusieron al golpe, acción que no fue más allá de cortar la carretera de acceso con troncos de árboles; y que en última instancia estaba legitimada puesto que se trataba de defender la legalidad del gobierno republicano ante una sublevación fascista, Antonio insistió en que ese mismo 23 de julio había huido al campo.

Que la resistencia al golpe militar en el término de Los Barrios no provocó ningún asesinato ni vejaciones contra personas durante los días 18 y 23 de julio de 1936, lo corrobora hasta la Causa General; instrumento del que sirvió el régimen para criminalizar a la República y “reunir pruebas de los hechos delictivos cometidos en todo el territorio nacional durante la dominación roja”. Este fue el comunicado del Ayuntamiento de Los Barrios el 10 de julio de 1941:

Causa General

El consejo de guerra de Antonio Lozano Ríos se celebró el 30 de mayo de 1942 a las 19.30 h. en la sala de justicia del cuartel de infantería n.º 33 de Cádiz, y fue presidido por el teniente coronel Rafael Olivera Manzorro. El resultando primero de la sentencia, resumió, de forma literal, lo siguiente:

“Que el procesado paisano ANTONIO LOZANO RÍOS, de treinta y un años de edad, natural y vecino de los Barrios, de ideas izquiedistas en el año mil novencientos treinta y uno tomó parte activa en la destrucción de imágenes y objetos de culto, extremo que no encuentran su debido contraste con el resto de la prueba y al surgir el Glorioso Movimiento, prestó servicios con armas huyendo al campo rojo y enrolándose en el Ejército marxista al ser liberado su pueblo por las fuerzas Nacionales, encontrándose en Valencia a la terminación de la guerra como soldado rojo de intendencia. Que el procesado tiene de nacimiento los pies torcidos hacia adentro y por tanto solo es útil para servicios auxiliares. HECHOS QUE SE DECLARAN PROBADOS”.

Resultando 1º de la sentencia contra Antonio Lozano Ríos.

De nada le sirvió a Antonio que en la misma sentencia se afirmara que la acusación de haber destruido imágenes y objetos de culto no se pudiera contrastar y probar; que negara haber participado en la resistencia al golpe y que solo hubiera servido como soldado de intendencia en la retaguardia. Fue acusado del delito de auxilio a la rebelión militar -precisamente por los mismos militares que se sublevaron contra la legalidad republicana-, y condenado a seis años y un día de prisión mayor.

Otra descarada y cruel injusticia consistió en que para el cómputo de la condena únicamente le abonaran como tiempo pasado en prisión preventiva desde el 4 de enero de 1940, es decir: 2 años, 6 meses y 23 días. Pero ¿y los otros 8 meses transcurridos desde que fue capturado en Valencia al término de la guerra en abril de 1939? No se tuvieron en cuenta. A Antonio le quedaba por cumplir una condena de 3 años, 5 meses y 8 días.

No obstante, el 5 de agosto de 1942, dos meses después del consejo de guerra, fue puesto en libertad acogiéndose a un decreto del 2 de septiembre de 1941 y excarcelado de la Prisión Provincial de Cádiz; pasando al régimen de prisión atenuada en su domicilio de la calle Corredera s/n. Este régimen penitenciario no era otra cosa que extender los muros de la prisión más allá del propio edificio, ya que la vigilancia de los reclusos era estrechísima, debían presentarse periódicamente en el puesto de la Guardia Civil y no podían abandonar el domicilio salvo “para las necesidades del trabajo, profesión u oficio a que se dedique, para el cumplimiento de sus deberes religiosos y órdenes de las Autoridades”.

Poco fue el tiempo que Antonio Lozano se “benefició” de esa libertad opresora en un pueblo, Los Barrios, que al igual que todos los pueblos de la España vencida, se enfrentaba a la época más dura de su historia. Falleció cinco meses después, el 5 de enero de 1943, a los 33 años de edad; como indica su certificado de defunción, de tuberculosis generalizada. ¿Cuántos hombres y cuántas mujeres pasaron por el mismo trance que Antonio? Seguiremos investigando para rendirles el debido reconocimiento y luchar contra la desmemoria.

Certificado de defunción de Antonio Lozano Ríos.
  1. Francisco Moreno: “El genocidio franquista alcanzó a 150.000 personas”. Entrevista en en Cuarto Poder, 1/11/2016.
  2. Espinosa Maestre, Francisco: Lucha de historias, lucha de memorias: España, 2002-2015. Sevilla, Aconcagua Libros, 2015.
  3. Rodríguez Teijeiro, Domingo: Morir de hambre en las cárceles de Franco (1939-1945). En Historia Contemporánea, nº 51, 2015, págs. 641-666.
  4. Causa n.º 1.037/1940 contra Antonio Lozano Ríos.
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