Natural de Ubrique y vecino de Ronda, con domicilio en la calle Ermita, Antonio Burgos Sedeño era dependiente de comercio, estaba casado, tenía dos hijos y contaba con 47 años de edad cuando fue ingresado en la Prisión Central de El Puerto de Santa María el 13 de enero de 1940.
Fue miembro de la masonería, con el nombre simbólico de “Moyano”. Fue iniciado como masón en la logia Giner n.º 19 el 3 de julio de 1931. A partir de 1934 perteneció a la logia rondeña Gautama n.º 64, donde fue exaltado al grado 2.º y desempeñó los cargos de limosnero en 1935 y maestro de ceremonias en 1936 [1].
En las elecciones municipales de abril de 1931 fue elegido concejal [2], y formó parte de la corporación municipal de Ronda entre 1931 y 1934. Había sido miembro del Partido Republicano Radical Socialista y luego de Izquierda Republicana. Tras las elecciones generales de febrero de 1936 se reincorporó a la corporación como gestor del Frente Popular. A la entrada de los sublevados en la ciudad, logró trasladarse a la zona de control gubernamental.
Al término de la guerra y tras regresar a Ronda, fue detenido el 10 de abril de 1939 y condenado en un consejo de guerra celebrado en la misma ciudad el 24 de octubre siguiente a 30 años de reclusión por “adhesión a la rebelión” [3], en el contexto de lo que se ha dado en llamar “justicia al revés”, en el sentido de que los militares que se sublevaron contra el régimen legal de la República acusaron de “rebelión” a quienes lo defendieron. Fue encerrado en la prisión provincial de Málaga. De ahí fue llevado a la cárcel portuense.
Paralelamente, el juzgado de instrucción provincial de Responsabilidades Políticas de Málaga solicitó el 30 de noviembre de 1940 que prestase declaración sobre un expediente abierto contra él [4], lo que efectuó, en tanto que el 7 de julio de 1941 se unió a su expediente penitenciario su instancia de retractación de la masonería [5].
El 8 de julio de 1942 fue entregado a la Guardia Civil para su conducción a la prisión provincial de Madrid, para quedar a disposición del juzgado n.º 2 del Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo [6]. Una semana más tarde, ingresó en la prisión madrileña, y en la misma fecha de su llegada se le conmutó la pena por la de 12 años y un día de prisión.
Notas:
[1] Centro Documental de la Memoria Histórica, Masonería, serie B, c 142, exp. 20; Archivo Histórico Provincial de Cádiz, Prisión Central de El Puerto de Santa María (AHPC), caja 29353, exp 24: Copia de la declaración judicial de Antonio Burgos Sedeño en la Prisión Central de El Puerto de Santa María, con entrada en el Gobierno Civil de Cádiz el 3/6/1940. Director, El Puerto de Santa María, 7/7/1941.
[2] ÁLVAREZ REY, Leandro y FERNÁNDEZ ALBÉNDIZ, María del Carmen: “Republicanos y masones en la provincia de Málaga (1925-1936)”, en FERRER BENIMELI, J. A. (coord.): La masonería española. Represión y exilios. Tomo II. XII Symposium Internacional de Historia de la Masonería Española. Zaragoza, Gobierno de Aragón, 2010, pág 1001.
[3] Causa n.º 737 de la zona del Campo de Gibraltar y n.º 8630 de 1939 de la auditoría de guerra de Sevilla.
[4] Centro Documental de la Memoria Histórica, Salamanca, Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo, fichero 70, 2203764; fichero 77, 2704288.
[5] La retractación la envió al obispo de Málaga, quien la aprobó y quien le levantó la excomunión que sobre él pesaba, según le comunicó el vicario de Ronda, José Carrasco.
[6] Se hizo cargo de él en El Puerto de Santa María el cabo 2º Emilio Chacón Orellana.
Proyecto: Investigación y digitalización de los expedientes de los gaditanos prisioneros en la Prisión Central de El Puerto de Santa María (Cádiz) y otras cárceles del país en la posguerra.
Investigador: Fernando Sígler Silvera, historiador.
Entidad promotora: Área de Memoria Democrática de la Diputación Provincial de Cádiz, 2021.