Testimonio de la sentencia, 1941 (AHPC).
Testimonio de la sentencia, 1941 (AHPC).

Los comentarios de palabra fueron en ocasiones motivo suficiente para que los tribunales franquistas condenaran a procesados republicanos. Un ejemplo ilustrativo de una condena por comentarios sobre una hipotética evolución de la guerra desfavorable para los rebeldes lo constituye el contenido del expediente carcelario de Antonio Villada Esteban [1]. Natural de La Línea, casado, pescador de profesión, fue condenado en un consejo de guerra celebrado en Algeciras el 9 de marzo de 1939 a seis años y un día de prisión por “excitación a la rebelión”. El tribunal franquista que lo juzgó lo condenó por haber manifestado a cabos y soldados del ejército rebelde, junto a otros procesados, las siguientes frases: “Madrid no hay quien lo tome”; “En Barcelona, aun después de tomada, hay guerra”; “No tengáis pena porque Rusia, Francia, Estados Unidos e Inglarerra arreglarán pronto a los facciosos”; “Barcos franceses e ingleses vigilan el Estrecho, para que Franco no pase fuerzas de África”; “Franco no existe pues murió en África y su existencia es fingida”. Fue ingresado en la Prisión Central de El Puerto de Santa Maria el 24/1/1940, cuando tenía 56 años de edad. El 23/7/1941 salió en libertad condicional provisional.

Nota:
[1] Archivo Histórico Provincial de Cádiz, Prisión Central de El Puerto de Santa María, caja 29337, exp 8.

Proyecto: Investigación y digitalización de los expedientes de los gaditanos prisioneros en la Prisión Central de El Puerto de Santa María (Cádiz) y otras cárceles del país en la posguerra.
Investigador: Fernando Sígler Silvera, historiador.
Entidad promotora: Área de Memoria Democrática de la Diputación Provincial de Cádiz, 2021.

Compártelo