La Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía sacó a licitación pública el 18 de mayo de 2021 los trabajos de indagación e investigación, localización-delimitación, exhumación y estudio antropológico de restos humanos en fosas comunes ubicadas en la comunidad autónoma andaluza. El importe base de esta licitación es de 509.300 euros. El procedimiento es abierto y su tramitación, ordinaria. Estas actuaciones se prolongarán hasta el año 2024.

Exhumación de una fosa en el cementerio de Jimena.
Exhumación de una fosa en el cementerio de Jimena.

En su memoria justificativa, el comisionado para la Concordia, Javier Arroyo Navarro, expresa lo siguiente:

Ley 2/2017 de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, establece en su articulo 8que la Consejería competente en materia de memoria democrática llevará acabo las actuacionesnecesarias para recuperar e identificar los restos de las víctimas desaparecidas, de acuerdo con losprotocolos que se establezcan.El mismo artículo, en su apartado 3 determina que estasactuaciones deberán ser autorizadas por la Consejería competente en materia de memoriademocrática.
El artículo 13 del Decreto del Presidente 2/2019 de la Vicepresidencia y sobrereestructuración de Consejerías, atribuye la competencia en esta materia a la Consejería deCultura y Patrimonio Histórico.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.6 del Decreto 108/2019 por el que se establecela estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, la actuaciones endesarrollo de la Ley 2/2017 se ejercerán por la Viceconsejería de Cultura y Patrimonio Histórico. El mismo Decreto establece también la creación del Comisionado para la Concordia, adscrito a dicha Viceconsejería.
El Decreto 334/2003 para la coordinación de actuaciones en torno a la recuperación de lamemoria histórica y el reconocimiento institucional y social de las personas desaparecidas durantela Guerra Civil Española y la Posguerra, en su articulo articulo 3, contempla la designación de un Comité Técnico de Coordinación, determinándose en el articulo 7 que el mismo elevará laspropuestas de actuaciones específicas a realizar en fosas.
Dicho Comité, en sus sesiones de 22 de abril de 2016, 3 de julio de 2017 y 18 de enero de2018, aprobó diversas propuestas de actuación de indagación e investigación, localización-delimitación, exhumación y estudio antropológico de restos de fosas ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Debido a la cantidad de actuaciones de esta naturaleza que, por mandato legal, deben serllevadas a cabo por esta Consejería, resulta necesario proceder a la contratación del servicio deindagación e investigación, localización-delimitación, exhumación y estudio antropológico derestos hallados en fosas ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y quese prolongará a lo largo de los años 2021, 2022, 2023 y 2024.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 116.4 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, se propone la contratación se adjudique por procedimiento abierto, por ser su valor de 420.909,10 € (cuatrocientos veinte mil novecientos nueve euros con diez céntimos), IVA excluido ytramitación anticipada.
La duración del contrato será de 36 meses, distribuidos de la siguiente forma:

  • 9 meses en la anualidad de 2021, por importe de 185.200,00 €, con cargo a la partida1800010000/G/31I/227.06//00, “Estudios y Trabajos Técnicos”.
  • 12 meses en la anualidad de 2022, por importe de 138.900,00 €, con cargo a la partida1800010000/G/31I/227.06//00, “Estudios y Trabajos Técnicos”.
  • 12 meses en la anualidad de 2023, por importe de 92.600,00 €, con cargo a la partida1800010000/G/31I/227.06//00, “Estudios y Trabajos Técnicos”.
  • 3 meses en la anualidad de 2024, por importe de 92.600,00 €, con cargo a la partida1800010000/G/31I/227.06//00, “Estudios y Trabajos Técnicos”.

El coste del contrato asciende a la cuantía de 420.909,10 € (cuatrocientos veinte milnovecientos nueve euros con diez céntimos), IVA excluido, siendo el importe total con IVA incluido de 509.300,00€, estando el gasto condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el Presupuesto que ha de aprobar el Parlamento para el ejercicio 2021, en el momento de dictarse laresolución de adquisición del compromiso.

INSUFICIENCIA DE MEDIOS

El objeto del presente contrato implica una dotación de recursos humanos y capacidadtécnica e instrumental de la que carece esta Administración. Las funciones exigidas no puedendesempeñarse con los medios actuales, por lo que se hace necesario recurrir a la contratación deeste servicio.

CRITERIOS DE VALORACIÓN APLICADOS

En la cumplimentación del Pliego de Claúsulas Administrativas Particulares del contratoarriba indicado, por parte del Comisionado para la Concordia, y de acuerdo con lo establecido en elAnexo VII del mismo, se han tenido en cuenta los siguientes criterios de valoración por los motivosque se exponen a continuación:

  1. Presentación de la metodología de desarrollo de los trabajos. La presentación de la metodología de desarrollo de los trabajos permitirá al Comisionadopara la Concordia planificar las diferentes actuaciones a llevar a cabo en las fosas durante laduración del contrato, facilitando la elaboración de un calendario que contenga las fechas de lasdiferentes órdenes de trabajo que se den a la empresa licitadora y haciendo posible planificar lasdiferentes actuaciones que deban llevarse a cabo de manera que aquellas de menor envergadurapuedan simultanearse en el tiempo, acortando así los plazos de ejecución de las mismas.
  2. Exposición clara de los mecanismos a emplear para el control de imputación de horas y sucomunicación al Comisionado para la Concordia. Las diferentes órdenes de trabajos que se den a la empresa contratista para la ejecución delos trabajos objeto del presente contrato requerirán por parte de la empresa una valoración quedebe incluir el coste del desarrollo de esos trabajos en función de las horas que cada una de laspersonas que componen el equipo de intervención debe emplear para el perfecto desarrollo de losmismos. Cuando el Comisionado para la Concordia proceda a emitir una orden de trabajo, el equipode trabajo comenzará el desarrollo de las actuaciones que comporten la misma e irá detrayendohoras del total de las ofertadas para la ejecución del contrato. En la ejecución del objeto el presente contrato es fundamental contar con un mecanismode control de la imputación de dichas horas, ya que es el mecanismo del que se dispone parapoder controlar la ejecución del presupuesto destinado a este contrato, y el crédito que quedarádisponible, una vez vayan ejecutándose las diferentes órdenes de trabajo, para poder proceder alencargo de otras actuaciones.
  3. Experiencia en trabajos similares. Es de suma importancia la experiencia previa en el desarrollo de los trabajo objeto delpresente contrato, dado la especifidad de los mismos. Ello proporcionaría mas agilidad en eldesarrollo de los mismos, y garantías en la conservación de los restos exhumados.
  4. Proposición económica. Se valorará aquella oferta más ventajosa económicamente en relación con el coste de cadahora de trabajo en función de las diferentes categorías profesionales que participan en la ejecuciónde los trabajos, pues será la que permita llevar a cabo un mayor número de actuaciones en fosascon el presupuesto disponible para estas actuaciones. Esto permite además una mayor flexibilidaden la organización de las actuaciones a llevar a cabo que en muchos caso están condicionadas porpermisos ajenos a esta Administración que pueden ralentizar los trabajos.
  5. Disponibilidad de sistema de protección y cubrimiento estructural de la fosa durante eldesarrollo de los trabajos en la misma en caso de inclemencias meteorológicas que impidan elnormal desarrollo de los mismos. La posibilidad de seguir desempeñando los trabajos de excavación y exhumación de losrestos de las fosas aún cuando se den circunstancias meteorológicas adversas, evita el retraso en laejecución de los trabajos, por lo que se considera un aspecto relevante a tener en cuenta.
  6. Acreditación e informe de que se utilizarán, en los casos que se requiera, los medios técnicosy materiales menos invasivos y más adecuados según los estándares de investigacióninternacional para este tipo de intervenciones. Se incluye este criterio de valoración por considerarse que dichos medios son los másadecuados para este tipo de intervenciones de acuerdo a los estándares investigación internacional.

 

Compártelo